Se considera maltrato psíquico y social a las siguientes conductas:
- Asignar funciones innecesarias al trabajador para humillarlo
- Juzgar de manera ofensiva su desempeño
- Cambiar su lugar habitual de trabajo, con ánimo de separar al empleado de sus compañeros
- Bloquear constantemente sus iniciativas de interacción, generando su aislamiento
- Prohibir a otros empleados que hablen con el trabajador afectado
- Encargar trabajos imposibles u obstaculizar la ejecución de una actividad
- Privar al trabajador de información útil para desempeñar su tarea
- Promover el hostigamiento psicológico como una forma de complot contra un subordinado
- Amenazar reiteradamente con despidos injustificados
- Realizar comentarios reiterados con connotación sexual, basados en el poder
- Ejercer un maltrato recurrente, buscando desestabilizar, destruir su reputación y disminuir su capacidad laboral para que, de a poco, se elimine al trabajador de su puesto
- Juzgar de manera ofensiva su desempeño
- Cambiar su lugar habitual de trabajo, con ánimo de separar al empleado de sus compañeros
- Bloquear constantemente sus iniciativas de interacción, generando su aislamiento
- Prohibir a otros empleados que hablen con el trabajador afectado
- Encargar trabajos imposibles u obstaculizar la ejecución de una actividad
- Privar al trabajador de información útil para desempeñar su tarea
- Promover el hostigamiento psicológico como una forma de complot contra un subordinado
- Amenazar reiteradamente con despidos injustificados
- Realizar comentarios reiterados con connotación sexual, basados en el poder
- Ejercer un maltrato recurrente, buscando desestabilizar, destruir su reputación y disminuir su capacidad laboral para que, de a poco, se elimine al trabajador de su puesto
Hacé tu denuncia con el delegado del sector o escribí a junta.ate.cultura@gmail.com
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